Sepa si tiene que presentar sus taxes
El EITC es un crédito reembolsable que solo se cobra si se hacen los impuestos
Es la temporada de taxes y momento de organizar, si no lo ha hecho ya, los documentos necesarios para presentar la liquidación del año 2016. ¿Tiene que hacerlo usted? La respuesta es si en tres casos.
1. Es obligatorio porque lo dice la ley dependiendo de sus ingresos, su estado civil y edad. Por ejemplo si usted es soltero, tiene menos de 65 años y ganó $10,355 el año pasado, los últimos cinco dólares le obligan a presentar sus taxes antes del 18 de abril. Compruebe si es su caso o no en este gráfico.
2. Tiene un seguro del Obamacare. En caso de que haya obtenido ayuda federal para pagar el seguro en forma de créditos tiene que reportar esas cantidades para asegurar que se le aplicó el crédito tributario apropiado. Si no ha sido así se ajustarán las cifras y se le puede devolver dinero en caso de que le hayan pagado menos. También puede verse obligado a pagar alguna cantidad que se le haya acreditado de más.
3. Tiene un crédito reembolsable. Eso ocurre en varios casos. Si trabajó el año pasado, sin llegar al límite que le obliga presentar los taxes, es recomendable que presente su liquidación si el empleador le retuvo impuestos federales de su paga, o hizo pagos estimados, por ejemplo. En ese caso se le devolvería dinero. También se le devolvería si tiene al menos un hijo que califica para el crédito tributario adicional por hijos que puede suponer hasta $1,000 de devolución si el descendiente es menor de 17 años, vive o es residente en EEUU con usted durante más de medio año. En la página del IRS.gov puede obtener toda la información al respecto.
Y sobre todo, tiene que hacer sus taxes si cualifica para cobrar el Crédito Tributario por Ingresos del Trabajo, EITC en sus siglas en inglés. Este es un crédito que merece mención aparte porque para muchas familias de bajos ingresos es uno de los mayores cheques del año. En 2015 lo solicitaron más de 26 millones de familias e individuos en todos los estados y se reembolsó una media de $3,186 por familia con hijos (es decir, $256 más al mes) y de $293 a las que no tienen descendientes.
¿Quién puede recibir el EITC?
Depende del ingreso de los trabajadores, el estado civil y el número de descendientes. Si ha cobrado menos de $53,505, está casado, presenta su declaración conjuntamente y tiene tres hijos o más cualificados vaya al asistente del IRS.Gov para ver si puede reclamar un cheque. El límite es de distintas cantidades dependiendo de los hijos que se tengan ($50,198 si tiene dos, $44,846 si tiene uno y $20,430 en caso de que no tenga descendientes que cualifiquen).
Aunque la ley se refiere a hijos pueden ser considerados tales dependientes hermanos, hermanastros, descendientes que tienen que haber vivido con el contribuyente durante más de seis meses en 2016 (en EEUU) y ser menores de 18 años a final de 2016 o menor de 23 años y aún estudiante a tiempo completo. Estos dependientes no pueden proveerse por sí mismos más de la mitad de sus costos de manutención.
El contribuyente y los hijos tienen que tener un número de seguro social. El ITIN no vale.
Los ingresos que se contabilizan son los que ha tenido el contribuyente procedentes de su trabajo, por cuenta propia o ajena además de algunos beneficios por incapacidad. Algunos beneficios sociales no afectan al cálculo para el EITC. Los cupones de comida, las ayudas de vivienda y los ingresos que suplen el Medicaid o la asistencia temporal de familia no son considerados ingresos a la hora de determinar si se puede solicitar el EITC.
Ayuda
Las normas del EITC son complejas. Cuando se cualifica para este crédito se puede recibir ayuda gratuita por parte de preparadores en distintos estados para poder navegar toda el papeleo, reglas y excepciones del EITC. Déjese asesorar y ayudar con ello para cumplimentar sin errores su declaración para que le llegue el reembolso sin problemas.
Los sitios VITA (Programa de Ayuda Voluntaria a Contribuyentes) y TCE (Asesoramiento a personas de Edad Avanzada o mayores de 60) ofrecen ayuda gratuita a personas que ganan menos de $54,000 al año y desean preparar sus declaraciones de impuestos, tienen discapacidades o el inglés es su segundo idioma. Son voluntarios certificados por el IRS los que preparan declaraciones básicas y las presentan electrónica y gratuitamente. estos centros
El VITA ofrece ayuda tributaria gratuita a personas que desean preparar sus propias declaraciones de impuestos y, por lo general, ganan $54,000 o menos, tienen discapacidades, o el inglés es su segundo idioma. Voluntarios certificados por el IRS preparan declaraciones de impuestos básicas, y las presentan electrónicamente sin costo para individuos calificados.
Normalmente estas ayudas se encuentran en centros comunitarios, bibliotecas, escuelas, centros comerciales. Para localizar el que esté más cerca de usted llame al 1-800-906-9887 o consulte en la pagina del IRS
En algunas ciudades los contribuyentes también tienen la opción de preparar sus propias declaraciones federales y estatales básicas, gratuitamente, mediante software tributario con la ayuda de un voluntario certificado por el IRS quien le guiará a través del proceso. Esta opción está disponible en localidades que indican “Self-Prep” como parte de sus servicios.
Retrasos
El IRS se ve obligado por una nueva ley a retener durante un tiempo la totalidad de todos los reembolsos reclamados por el EITC y el Crédito Tribtario Adicional por hijo. Quienes opten por el depósito directo a su cuenta bancaria lo recibirá antes aunque las órdenes de pago se empezarán a procesar el 15 de febrero y no estarán disponibles hasta la semana del 27 de febrero.
Lo que se quiere, con este retraso es detectar y prevenir el fraude.
En cualquier caso, siempre puede hacer seguimiento del reembolso en IRS.gov y en la aplicación móvil IRS2Go