¿Puede tener la Luna un “dueño”?
Gobiernos y compañías privadas están buscando la manera de explotar los materiales preciosos de la Luna. Pero ¿pueden apropiarse de lo que encuentren? Te contamos qué dice la legislación internacional
Varias compañías están mirando hacia la Luna en busca de materiales preciosos. Pero ¿qué reglas existen para explotar y reclamar como propias partes de la superficie lunar?
Hace casi 50 años, Neil Armstrong se convirtió en el primer hombre que puso un pie sobre la Luna. “Este es un pequeño paso para el hombre, pero un gran salto para la humanidad”, dijo entonces el astronauta estadounidense.
Poco después, su colega Buzz Aldrin se unió a él para recorrer el Mar de la Tranquilidad. Al descender de los escalones del módulo lunar Eagle, Aldrin miró el paisaje vacío y dijo: “Magnífica desolación“.
Desde la misión del Apolo 11, en julio de 1969, la Luna ha permanecido prácticamente imperturbable: ningún ser humano ha estado allí desde 1972.
Pero esto podría cambiar pronto, ya que muchas compañías han expresado un interés en explorar y, posiblemente, extraer recursos de su superficie.
Entre los recursos de los que se habla se incluyen el oro, el platino y algunos minerales terrestres escasos que se usan en aparatos electrónicos.
A principios de enero, China aterrizó una sonda, el Chang’e-4, en el lado oculto de la Luna y logró germinar una semilla de algodón en una biosfera en su superficie (con tierra traída desde nuestro planeta). Está buscando establecer una base de investigación.
Por su parte, la firma japonesa iSpace planea construir una “plataforma de transporte Tierra-Luna” y llevar a cabo una “exploración polar de agua” en la Luna.
Con todos estos proyectos en marcha, ¿hay reglas para asegurar que la desolación que admiró Aldrin permanezca inalterada?
¿O acaso el único gran satélite natural que tiene la Tierra podría sufrir un acaparamiento de recursos y tierras impulsado por el comercio y la política?
Los derechos de propiedad de cuerpos celestes han sido un dilema desde que comenzó la exploración espacial durante la Guerra Fría.
Mientras la Agencia Aeronáutica y Espacial de Estados Unidos (NASA) planeaba sus primeras misiones lunares tripuladas, la Organización de Naciones Unidas (ONU) elaboró un Tratado sobre el Espacio Exterior, firmado en 1967 por países como EEUU, la Unión Soviética y Reino Unido.
El documento afirmaba: “El espacio exterior, incluidos la Luna y otros cuerpos celestes, no está sujeto a la apropiación nacional por reclamo de soberanía, por uso u ocupación, o por cualquier otro medio”.
Joanne Wheeler, directora de la empresa especializada en exploración espacial Alden Advisers, describe el tratado como “la Carta Magna del espacio“.
Señala que haber plantado una bandera en la Luna, como hicieron Armstrong y sus sucesores, “no tiene sentido”, ya que no confiere ningún “derecho vinculante” a individuos, empresas o países.
En términos prácticos, los derechos de propiedad y mineros para la Luna no importaban demasiado en 1969. Pero a medida que la tecnología se ha desarrollado, explotar esos recursos con fines de lucro se ha convertido en una posibilidad más probable, aunque todavía distante.
El Acuerdo de la Luna
En 1979, la ONU confeccionó el llamado “Acuerdo que rige las actividades de los Estados en la Luna y otros cuerpos celestes”, mejor conocido como el Acuerdo de la Luna.
Estipulaba que toda actividad debía tener fines pacíficos y que a la ONU se le debía decir dónde y por qué alguien planeaba construir una estación.
El documento también señalaba que “la Luna y sus recursos naturales son patrimonio común de la humanidad” y que se debe establecer un régimen internacional “para gobernar la explotación de tales recursos cuando dicha explotación esté a punto de ser factible”.
Sin embargo, el problema con el Acuerdo de la Luna es que solo 11 países lo han ratificado. Francia y la India son dos de ellos. Pero los jugadores más importantes en la exploración espacial, incluidos China, EEUU y Rusia, no lo han hecho. Tampoco Reino Unido.
De todos modos, afirma Wheeler, “no es tan fácil” hacer cumplir las reglas descritas en los tratados. Los diferentes países incorporan los documentos que firman en la ley y tienen el trabajo de garantizar que las empresas y las personas los cumplan.
La profesora Joanne Irene Gabrynowicz, exeditora jefa del Journal of Space Law (Revista de Ley Espacial), coincide en que los acuerdos internacionales no ofrecen garantías. La aplicación “es una mezcla compleja de política, economía y opinión pública”, agrega.
Y los tratados existentes, que niegan la propiedad nacional de los cuerpos celestes, han enfrentado un desafío adicional en los últimos años.
EEUU y Luxemburgo
En 2015, EEUU aprobó la Ley de Competitividad de Lanzamientos Espaciales Comerciales, reconociendo el derecho de sus ciudadanos a poseer cualquier recurso que logren extraer de asteroides. No se aplica a la Luna, pero el principio podría extenderse.
Eric Anderson, cofundador de la compañía de exploración Planetary Resources (Recursos planetarios), describió la legislación como el “mayor reconocimiento de los derechos de propiedad en la historia”.
En 2017, Luxemburgo aprobó su propia legislación, otorgando el mismo derecho de propiedad a los recursos que se encuentran en el espacio. El viceprimer ministro, Etienne Schneider, dijo que esto haría de su país “un pionero europeo y líder en este sector”.
La voluntad de explorar y ganar dinero está ahí, y los países parecen estar cada vez más dispuestos a ayudar a sus empresas.
“Claramente, la minería, ya sea con la intención de traer los materiales a la Tierra o de almacenarlos o fabricar con ellos en la Luna, es lo opuesto a no hacer ningún daño”, dice Helen Ntabeni, abogada del bufete británico Ley y Política Espacial Naledi.
Ntabeni señala que podría argumentarse que EEUU y Luxemburgo han violado las estipulaciones del Tratado sobre el Espacio Exterior de la ONU.
“Soy bastante escéptica de que las altas nociones morales en torno al mundo explorando el espacio juntos, como naciones iguales, se mantengan”, concluye.
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