3 claves de nuevas reglas de USCIS para rechazar peticiones de “green card” y ciudadanía
Esto aplica a residentes legales, peticiones familiares y otros beneficios migratorios
La oficina de Servicios de Ciudadanía e Inmigración (USCIS) continúa con los cambios en reglas para peticionarios de beneficios migratorios, sin necesidad de esperar reformas del Congreso.
A las siete condicionantes para rechazar y remitir, en de ser necesario, a Servicios de Inmigración y Control de Aduanas (ICE) casos de inmigrantes a quienes rechacen aplicaciones de Residencia Legal Permante o “green card” y de ciudadanía, la oficina a cargo de Francis Cissna agregará nuevos elementos para negar beneficios.
El memorando PM-602-0163 aumenta el poder de los oficiales de USCIS para que nieguen una solicitud sin ofrecer oportunidad a los inmigrantes a cumplimentar sus peticiones, en caso de haber omitido algún documento o prueba sobre su estancia legal en los Estados Unidos.
“Proporciona guías a los adjudicadores de USCIS acerca de su discreción para denegar una solicitud o petición sin primero presentar una Solicitud de Evidencia (RFE, por sus siglas en inglés) o Notificación de Intención de Denegación (NOID, por sus siglas en inglés)”, especifica la orden que entrará en vigor el 11 de septiembre de 2018.
Es decir, los oficiales podrán negar los beneficios si un inmigrante originalmente no envió las suficientes pruebas o evidencias sobre su caso.
Los casos serán revisados con dicho criterio a partir de septiembre, así que aquellas aplicaciones previas deberían mantener procesos actuales.
Tal como en la política del memorando PM-602-0050.1 para rechazar cambios de estatus migratorios, quedan exentas las adjudicaciones de Acción Diferida para los Llegados en la Infancia (DACA).
Los tres aspectos clave de la nueva política son:
1. Negaciones estatutarias.- Es decir, los oficiales de USCIS negarán las peticiones de inmigrantes o de portadores de “green card” y/o nuevos ciudadanos que patrocinen a otras personas para beneficios de permanencia legal en los Estados Unidos que presentaron aplicaciones inviables. Esto también contempla peticiones para programas ya terminados. Lo importante de esta determinación es que los oficiales no tendrán que emitir una solicitud para complementar la información del inmigrante o su patrocinado. Esto incluye: solicitudes de exención que requieren una muestra de dificultades extremas para un pariente calificado… y no hay evidencia de ningún familiar calificado; además de peticiones de visa basadas en la familia presentadas para miembros de la familia en categorías que no están autorizadas por el enunciado.
2. Negaciones basadas en la falta de evidencia inicial suficiente.- Este punto es clave, ya que puede impactar a miles de inmigrantes, sobre todo aquellos que no tienen un abogado que revise a detalle sus casos. “Si no se envía toda la evidencia inicial requerida con la solicitud de beneficios, USCIS a su discreción puede denegar (el beneficio)”, pero el aspecto a destacar es que, nuevamente, no tendrá que avisar a quien aplica sobre la cumplimentación de su caso. Esto incluye: solicitudes de exención presentadas con poca o ninguna evidencia de respaldo; casos en los que las reglamentaciones, el estatuto o las instrucciones de formulario requieren la presentación de un documento oficial u otra forma o evidencia que establezca la elegibilidad en el momento de la presentación.
3. Consideraciones adicionales.- En algunos casos, los oficiales -tras revisas bases de datos federales- encuentran que un inmigrante debería agregar o aclara algún documento, podrá emitir una solicitud, pero en ésta incluirá toda la información que considere adicional. “Si es posible, sin embargo, los oficiales deben incluir en un solo RFE toda la evidencia adicional que solicita”, apunta el memorando. La respuesta del inmigrante debe, también, incluir todos los documentos en una sola emisión.
El director Cissna defendió la nueva política al considerar que ahorrará tiempo a USCIS en la revisión de casos con insuficientes pruebas para ser considerados.