¿A qué se debe poner atención al aplicar por “green card” u otras visas ante USCIS?
Las nuevas políticas obligan a peticionarios a ser más cuidadosos con sus formularios e información complementaria
Los cambios en la oficina de Servicios de Ciudadanía e Inmigración (USCIS) obligan a los inmigrantes a ser más cuidadosos con la presentación de sus solicitudes de cualquier tipo de beneficio, como Residencia Legal Permanente, incluso la ciudadanía.
El 11 de septiembre entró en vigor el memorando PM-602-0163, que incrementa el poder de los oficiales de USCIS para que nieguen una solicitud sin ofrecer oportunidad a los inmigrantes a cumplimentar sus peticiones, en caso de haber omitido algún documento o que no hayan ofrecido suficientes pruebas sobre su estancia legal en los Estados Unidos.
La orden fue emitida el 13 de julio pasado, pero comenzó el 11 de septiembre, el mismo día en que USCIS actualizó las listas de verificación opcionales “que describen la evidencia inicial requerida para cada clasificación de visa”. La autoridad especifica que dicha información no reemplazan los requisitos normativos o legales.
“USCIS está en el proceso de capacitar a los oficiales con respecto a la nueva orden, y el Manual de los Árbitros de Campo ha sido actualizado con orientación sobre el tema”, apuntó The National Law Review. “Si bien el USCIS ha declarado su intención de no penalizar los ‘errores inocentes’, no está claro cómo se desarrollará en la práctica”.
Todos los casos son personalizados, por ello es imposible prever un problema “único”, para lo cual es importante consultar con un abogado al momento de presentar cualquier formulario ante la autoridad migratoria.
Sin embargo, entre los consejos que proporciona USCIS, se integran los siguientes:
‘Green card’
Antes de comenzar el proceso de solicitud, el interesado debe contestarse dos preguntas: ¿Es elegible para presentar una solicitud? ¿Está dentro o fuera de Estados Unidos?
Recuerde que “las leyes de Inmigración de Estados Unidos proveen varias formas para que las personas soliciten una Tarjeta Verde. Los requisitos de elegibilidad variarán según la categoría de inmigrante”, indica la autoridad. “La mayoría de las personas que solicitan una Tarjeta Verde deberán completar al menos dos formularios – una petición de inmigrante y la solicitud de Tarjeta Verde (Formulario I-485)”.
Usualmente, alguien más deberá presentar la petición a nombre del interesado (se conoce como el patrocinador o la persona que lo pide a usted), aunque puede que el inmigrante sea elegible para presentar la petición por sí mismo.
A los formularios correspondientes se debe anexar toda la información que sustente la viabilidad de la petición, por ello es importante consultar con un abogado. Aquí los detalles de este tipo de beneficio.
La visa H-1B
Con las nuevas políticas, USCIS sugiere que los peticionarios (trabajadores especializados y sus patrones) presenten:
- Evidencia de que el beneficiario ha mantenido su estatus si desea obtener un cambio de estatus o extensión de estadía.
- Evidencia que demuestre que el empleo propuesto cualifica como una ocupación especializada.
- Evidencia que demuestre que el beneficiario está cualificado para realizar la ocupación especializada.
- Una copia de cualquier licencia u otro permiso oficial requeridos para que el beneficario lleve a cabo la ocupación especializada en el estado de empleo previsto (si corresponde).
- Una copia de cualquier contrato escrito entre el empleador y el beneficiario o un resumen de los términos del acuerdo verbal bajo el cual el beneficiario estará empleado.
- Un itinerario que muestre la fecha y los lugares de asignación, si la petición indica que el beneficiario proveerá servicios en más de una localidad..
Las visas “O”
El 14 de septiembre, USCIS informó que aceptará que sindicatos laborales envíen copias de las “respuestas negativas” que tengan con respecto a la consulta para apoyar el otorgamiento de una visa tipo “O”.
“Las visas de no inmigrante O-1 y O-2 están disponibles para personas que tienen habilidades extraordinarias en ciencias, educación, comercio, deportes y las artes, así como personas con logros extraordinarios en la industria del cine y televisión, y cierto personal esencial de apoyo”, informó la autoridad en un comunicado.
Adicional a ello, los interesados deberán presentar:
- Una consulta escrita de parte de un grupo de pares u organización laboral y/o gerencial con pericia en el cambio.
- Una copia de un contrato escrito entre el patrón y el beneficiario o un resumen de los términos del acuerdo verbal bajo el cual estará empleado el beneficiario.
- Una explicación de la naturaleza de los eventos o actividades, las fechas de comienzo y finalización de los eventos o actividades, una copia de cualquier itinerario para los eventos y actividades.
- Evidencia de las habilidades o logros extraordinarios del beneficiario en el campo de pericia.
La visa Q
Los extranjeros que viajan a EEUU a participar en un programa de intercambio cultural internacional deberán proporcionar:
- Evidencia de que ha mantenido un programa de intercambio cultural internacional establecido.
- Evidencia de que ha designado a un empleado cualificado para administrar el programa y servir como enlace con USCIS.
- Evidencia de que está haciendo negocios activamente en Estados Unidos.
- Evidencia de que ofrece al beneficiario salarios y condiciones de empleo comparables a las brindadas a los trabajadores locales de EEUU empleados en trabajos similares.
- Evidencia de que tiene la capacidad financiera para pagarle a los participantes.
Hay varias visas más sobre las que se evaluarán nuevos criterios para el Formulario I-29, para conocer los detalles ingresar a uscis.gov. Recuerde que siempre es mejor consultar con un abogado.