¿Debo renunciar a mi residencia permanente si vivo poco tiempo al año en EE.UU?
En mi columna Consulta Migratoria® de esta semana, contesto la pregunta de un lector que está pensando renunciar a la residencia permanente
Cada caso es distinto y las respuestas varían según el historial migratorio de cada persona.
Aquí respondo de forma general a sus dudas. Por favor consulten con un abogado de inmigración para recibir asesoría legal personalizada antes de comenzar cualquier trámite.
Soy residente permanente desde el 2010, pero solo he vivido en los Estados Unidos unas semanas cada año, y dos veces he pedido permiso de salida. La última vez que estuve en el país fue en noviembre del 2017. Nunca he trabajado ni pagado impuestos en los Estados Unidos.
He estado fuera del país para cuidar a mi madre de 86 años que tiene problemas de salud, depende de mi y vive en Perú, de donde soy originalmente. Estoy pensando renunciar a la residencia permanente porque las tres últimas veces que he ingresado a Estados Unidos los oficiales de aduana cuestionan por qué he estado fuera tanto tiempo. Actualmente estoy en Perú y deseo regresar a los Estados Unidos este mes, pero temo que me vuelvan a cuestionar, me quiten la residencia en el puerto de entrada, y me deporten.
¿Cuáles son mis derechos al regresar a los Estados Unidos? ¿Debería renunciar a la residencia permanente y solicitar una visa de turista? ¿Cuáles son mis obligaciones tributarias si renuncio a la residencia? –Mario G.
Mario, admiro el cuidado que le brindas a tu madre, pero es posible que tus acciones hayan puesto en peligro tu estatus de residencia permanente legal en Estados Unidos. Debes consultar inmediatamente con un abogado de inmigración para que analice tu situación, determine si has cumplido o violado los términos de tu residencia permanente y te indique qué es lo que más te conviene hacer.
A continuación, explico puntos importantes que residentes permanentes deben tener en cuenta para proteger su estatus legal en el país y qué deben hacer si en algún momento desean renunciar a este beneficio migratorio.
Requisitos para regresar como residente permanente
Por lo general, la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de Estados Unidos te permitirá el reingreso a los Estados Unidos como residente permanente si demuestras que:
- No cometiste actos que te hagan inadmisible al país.
- No abandonaste tu residencia permanente.
- No estuviste fuera del país por más de un año, a no ser que hayas obtenido por adelantado un permiso de reingreso (reentry permit, en inglés) autorizándote permanecer en el extranjero hasta dos años.
- Tienes una tarjeta de registro de extranjero (tarjeta verde), un permiso de reingreso o puedes obtener una exención de ese requisito en la frontera.
Abandono de Residencia Permanente
Tendrás problemas al regresar a los Estados Unidos si un oficial de aduanas determina que abandonaste tu residencia permanente y no tienes “intención” de regresar a los Estados Unidos.
La determinación de tu “intención” se analiza según varios factores, incluyendo los siguientes:
- El propósito de tu partida al Perú.
- La expectativa que tu visita al exterior termine en breve.
- Presentación continua de declaraciones de impuestos de los Estados Unidos.
- La existencia de un hogar y/o trabajo permanente en los Estados Unidos.
- Otros vínculos en los Estados Unidos, como familia, propiedad, membresías de clubes, cuentas bancarias, tarjetas de crédito y licencia de conducir.
Si el oficial de aduanas cree que abandonaste tu residencia permanente, te dará la opción de referirte a un juez de inmigración, quien es la única persona que te puede quitar la residencia permanente, para comenzar el proceso de remoción o permitirte renunciar voluntariamente a tu estatus legal y regresar a Perú.
Renuncia Voluntaria de Estatus de Residente Permanente Legal
Si decides renunciar a tu residencia permanente, deberás presentar el Formulario I-407, Registro de Abandono de Estatus de Residente Permanente Legal.
Este documento se presenta con un oficial de aduanas o en la oficina del Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos en Lima, Perú, si decides ya no regresar a los Estados Unidos. No hay un costo para presentar el formulario.
Solicitud de Visa de Turista
Es posible solicitar una visa de turista después que hayas renunciado a tu residencia permanente. Sin embargo, tendrás que llenar los requisitos para obtener la visa, incluyendo no tener una intención de quedarte a vivir en los Estados Unidos.
La emisión de la visa está a la total discreción del Departamento de Estado de Estados Unidos.
Obligaciones Tributarias
Como residente permanente legal de Estados Unidos, tienes que declarar todo ingreso que tengas alrededor del mundo. Esta responsabilidad podría terminar si renuncias a tu residencia permanente.
Mario, dices que nunca has trabajado ni pagado impuestos en Estados Unidos. Pero al ser residente de este país, te corresponde estar pagando impuestos, aunque estés viviendo y trabajando la mayor parte del tiempo en Perú, al menos que no estés recibiendo ningún tipo de ingresos.
Además de acudir a un abogado para evaluar tu caso, debes ir con un contador para que te asesore sobre las leyes de impuestos de Estados Unidos y te diga si te corresponde pagar impuestos.
No renuncies a tu residencia permanente sin antes consultar con un abogado de inmigración que determine cuales son tus opciones legales.
Para más información y consejos de inmigración, lea mi blog InmigracionHoy.com.
Envíe sus preguntas a preguntas@consultamigratoria.com. Incluya información detallada sobre su situación para mejor responder sus preguntas.
El Dr. Nelson A. Castillo es abogado de inmigración y autor de La Tarjeta Verde: Cómo obtener la residencia permanente en los Estados Unidos. Es ex Presidente de la Asociación Nacional de Abogados Hispanos y del Concejo Vecinal de Westlake South de Los Ángeles. Para información sobre como consultar con el Dr. Castillo, haga clic aquí.
El propósito de esta columna es brindar información general. No se puede garantizar ni predecir cual será el resultado de la información presentada por el Dr. Nelson A. Castillo. La información no se debe tomar como un consejo legal para algún individuo, caso o situación. Esta columna podría ser considerada un anuncio por los Reglamentos de Conducta Profesional de abogados de varios estados, incluyendo en California y Nueva York. Consulte con un abogado de inmigración para recibir asesoría legal personalizada antes de comenzar cualquier trámite migratorio.