Si gobernador Ricardo Rosselló no renuncia, podrían iniciar juicio político en Puerto Rico
En jaque la permanencia de Ricardo Rosselló en su cargo mientras continúan las manifestaciones en las que se pide su renuncia
PUERTO RICO – Ante la decisión del gobernador Ricardo Rosselló Nevares de no renunciar a su cargo tras el escándalo del chat, las bases están sentadas para un proceso de residenciamiento en su contra.
Así lo afirmó el exjuez del Tribunal de Apelaciones Hiram Sánchez Martínez, en momentos en que crece el coro de voces, dentro y fuera del Partido Nuevo Progresista (PNP), que exige la renuncia del mandatario.
El jurista explicó que un proceso de residenciamiento contra el gobernador iniciaría en la Cámara de Representantes. “Es un procedimiento legal muy parecido a los juicios penales, donde en lugar de un fiscal, lo que hay es un cuerpo legislativo, en este caso, la Cámara, que por mayoría (tres cuartas partes) debe votar para dar comienzo al juicio de residenciamiento”, explicó Sánchez Martínez.
Según el profesor de Ciencia Política y exsenador popular Ángel Rosa, la Constitución dispone que para iniciar el proceso tiene que existir una de las siguientes causales: soborno, traición, delito grave o menos grave que implique depravación.
Rosa detalló que luego de aprobarse en la Cámara, el Senado celebraría un juicio en que actuaría como jurado. Se necesitan los votos de tres cuartas partes de ese cuerpo legislativo para residenciar al gobernador.
“Ese juicio lo preside el juez presidente del Tribunal Supremo, en nuestro caso sería la jueza presidenta Maite Oronoz”, abundó Rosa. “Es un juicio en el que la Cámara acusa y el Senado juzga”. agregó, por su parte, Sánchez Martínez.
Orden de sucesión
Del gobernador someter su renuncia, se activa entonces el proceso que dicta la Constitución, que dispone que el secretario de Estado asumiría la gobernanza del país. De no haber un secretario en propiedad, como es el caso actual, le tocaría a la secretaria de Justicia, Wanda Vázquez, asumir el cargo, según establece la Ley para Proveer el Orden de Sucesión y Sustitución para el Cargo de Gobernador (Ley 7 del 24 de julio de 1952).
Para la exjueza Carmen Ana Pesante, el único inconveniente ante esa posibilidad es que las riendas del país estarían en manos de un funcionario no electo por el pueblo.
Pesante dijo que ese escenario es distinto a lo que ocurría en Estados Unidos donde los electores votan en la papeleta por el presidente y el vicepresidente de Estados Unidos. “En caso de la dimisión o salida del presidente es el segundo en mando, que es electo, el que asume la presidencia”, señaló Pesante.
La exjueza, quien presidió el comité ad-hoc que atendió el caso de fraude electoral en el municipio de Guaynabo, sostuvo que la posibilidad de votar por un vicegobernador es un asunto a atender en el futuro.
Mientras, el Colegio de Abogados y Abogadas de Puerto Rico anunció ayer que preparará un informe para establecer las bases jurídicas para el residenciamiento de Rosselló.
El gremio repudió y censuró, además, al mandatario y a todos los funcionarios, exfuncionarios y contratistas involucrados en las expresiones contenidas en el chat, a la vez que manifestó su indignación y preocupación con los arrestos y acusaciones por corrupción de altos funcionarios y contratistas del gobierno.
“La Constitución de Puerto Rico establece un mecanismo mediante el cual las estructuras democráticas permiten acusar y enjuiciar al gobernador con el fin de destituirle del cargo. Esto ocurre en instancias en que un gobernador cometa traición al país, delitos graves o menos graves que impliquen depravación moral”, recalcó el presidente del Colegio, Edgardo M. Román Espada.
(Por Yalixa Rivera Cruz)