¿Puedo pedir a mis padres si estoy casada?
En mi columna Consulta Migratoria® de esta semana contesto la pregunta de una lectora que desea peticionar a sus padres en el futuro
Cada caso es distinto y las respuestas varían según el historial migratorio de cada persona.
Aquí respondo de forma general a sus dudas. Por favor consulten con un abogado de inmigración para recibir asesoría legal personalizada antes de comenzar cualquier trámite.
Soy ciudadana americana. Tengo 18 años. Vivo en el exterior y estoy en planes de casarme por el civil. Me comentan que si me caso me afectaría después para arreglar a mis padres. ¿Es cierto? –María B.
María, puedes casarte sin preocupación. Como ciudadana, puedes pedir a tus padres ya sea estés soltera o casada.
Debes tener en cuenta que la ley recién te permitirá hacer el trámite de petición familiar de tus padres cuando cumplas 21 años. O sea, que tendrás que esperar tres años antes de poder peticionar a tus padres si llenan todos los requisitos.
La ley podría cambiar en los próximos años. En el pasado, se han propuesto proyectos de ley en el Congreso de Estados Unidos que eliminaría la habilidad de ciudadanos estadounidenses pedir la residencia permanente para sus padres.
Bajo la ley actual, ciudadanos estadounidenses mayores de 21 años que quieran pedir a sus padres tienen que presentar evidencia de su ciudadanía y un acta de nacimiento que demuestre la relación entre ellos. Además, los padres deben demostrar que no se convertirán en carga pública en los Estados Unidos.
Si tu futuro esposo aún no es residente permanente o ciudadano, como ciudadana estadounidense también puedes pedirlo. No hay restricción de edad. Puedes iniciar el trámite a penas te cases. Para el trámite tendrás que presentar evidencia de tu ciudadanía, que están casados, que tu matrimonio es de buena fe y que tu futuro esposo no se convertirá en carga pública en los Estados Unidos cuando emigre al país.
Antes que tu futuro esposo emigre a los Estados Unidos, tendrás que volver a vivir en el país para restablecer tu residencia en los Estados Unidos y poder presentar la carta de sostenimiento (affidavit of support, en inglés) que es requerida por esta clase de trámite migratorio.
María, recomiendo que consultes con un abogado de inmigración con licencia en los Estados Unidos antes de hacer cualquier trámite migratorio. El abogado determinará tus opciones legales, incluyendo si podrás pedir a tus padres y a tu futuro esposo.
Para más información y consejos de inmigración, visite mi sitio web Inmigración Hoy®.
Envíe sus preguntas a preguntas@consultamigratoria.com. Incluya información detallada sobre su situación para mejor responder sus preguntas.
Esta columna fue publicada originalmente en Inmigración Hoy® y se reproduce con permiso.
El Dr. Nelson A. Castillo es abogado de inmigración y autor de La Tarjeta Verde: Cómo obtener la residencia permanente en los Estados Unidos. Es ex Presidente de la Asociación Nacional de Abogados Hispanos y del Concejo Vecinal de Westlake South de Los Ángeles. Para información sobre como consultar con el Dr. Castillo, haga clic aquí.
El propósito de esta columna es brindar información general. No se puede garantizar ni predecir cual será el resultado de la información presentada por el Dr. Nelson A. Castillo. La información no se debe tomar como un consejo legal para algún individuo, caso o situación. Esta columna podría ser considerada un anuncio por los Reglamentos de Conducta Profesional de abogados de varios estados, incluyendo en California y Nueva York. Consulte con un abogado de inmigración para recibir asesoría legal personalizada antes de comenzar cualquier trámite migratorio.