Tribunal permite a jueces detener casos de deportaciones
Inmigrante hispano que buscaba la "green card" luchó por su caso, el cual beneficiará a otros
La Corte del Cuarto Distrito de Apelaciones devolvió a jueces migratorios de cinco entidades la facultad para cerrar administrativamente casos de administración, es decir, detener los procesos de expulsión de inmigrantes.
El fallo es un duro golpe a la política del presidente Donald Trump para aumentar las deportaciones bajo el plan “tolerancia cero”, la cual fue impulsada por el exfiscal general Jeff Sessions, quien consideró que la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA) no permitiría a los jueces a cerrar casos, incluso de aquellos que podían ser resueltos en otras agencias federales.
La decisión fue emitida el viernes de la semana pasada, reportó Univision, en cuya opinión se establece que los Jueces de Inmigración (IJ) y la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA) “tienen la autoridad de cerrar administrativamente los casos pendientes ante ellos”.
El cambio del Cuarto Distrito de Apelaciones beneficia a los estados de Maryland, Virginia, West Virginia, Carolina del Norte y Carolina del Sur. Se desconoce el número total de impacto en esa entidades, pero la decisión de Sessions había impactado al menos a unos 350,000 expedientes a nivel nacional, de inmigrantes sentenciados en los últimos 20 años.
La Asociación Americana de Abogados de Inmigración (AILA) destacó el fallo. “El Cuarto Circuito concluyó que la ley de inmigración permite inequívocamente a los jueces de inmigración controlar sus propios expedientes”, señala según un reporte obtenido por Univision.
Los jueces Steven Agee, Henry Floyd y Stephanie Thacker tomaron la determinación tras revisar el caso del peticionario de asilo Jesús Zuñiga Romero, a quien se le otorgó su petición de revisar el cierre administrativo de su caso.
“Después de que un juez de inmigración (“IJ”) negó la solicitud de Jesús Zuniga Romero para el cierre administrativo de su caso… Romero solicitó a la Junta de Apelaciones de Inmigración (“BIA”) para su revisión. Aunque el BIA inicialmente aceptado la apelación de Romero y administrativamente cerró su caso, luego desestimó la apelación después de un
decisión precedente emitida por el Fiscal General”, indica el documento de la Corte. “Romero ahora trae una petición de revisión de la decisión de la BIA ante este Tribunal y otorgamos la petición de revisión de Romero, anulamos la decisión de BIA y la reenvío por procedimientos consistentes con esta opinión”.
En 2013, el Departamento de Seguridad Nacional (DHS) comenzó el proceso de deportación de Zuñiga Romero, indica el documento oficial, originario de Honduras, por estar presente en los Estados Unidos sin ser admitido (legalmente) o puesto en libertad condicional.
“Aunque Romero aceptó una concesión de salida voluntaria en una audiencia ante un IJ en 2014, posteriormente solicitó y recibió la reapertura de su caso después de que el IJ determinó que Romero era el beneficiario de un Formulario I-1301 pendiente, presentado por su esposa, quien era entonces un Residente Legal Permanete (“LPR”)”, expone el caso.