Ojo con esas deudas viejas, conozca sus derechos
Después de un plazo, que depende de cada estado, no se puede demandar ante el juez el cobro de una factura
La Oficina de Protección al Consumidor Financiero (CFPB) dijo ayer que retrasaba hasta el 4 de agosto el periodo de comentarios abiertos para tratar de una regulación que permitirá una mayor transparencia a la hora de que un acreedor o colector quiera cobrar una deuda vieja.
Las deudas viejas, time-barred en inglés, son las que no se han cobrado en un periodo determinado (de tres a seis años, dependiendo de estados) y para las que ha prescrito o se ha terminado el derecho de reclamación judicial. Es decir, la ley no reconoce el derecho del acreedor de ejercer acciones ante el juez para cobrarlas.
¿Qué tiene que saber de estas deudas?
- Cada estado tiene un plazo distinto tras el cual no se puede demandar al deudor en los tribunales. En Nueva York, por ejemplo es de seis años para cualquier tipo de deuda desde que se tuviera que hacer el pago o cuando el deudor haya hecho su último pago (si lo hacía a plazos), lo que sea más reciente. En California no se puede demandar por impago tras cuatro años una vez que se pasa el plazo o se hace un pago. En Louisiana son 10 años.
- Si durante ese periodo o tras este el acreedor hace un pago se anula la prescripción (statute of limitations) y el acreedor o el colector de deuda puede demandar al deudor de nuevo. Los especialistas llaman a estas deudas “zombies” porque se reactivan. También puede reactivarse cuando se admite explícitamente que se tiene esa deuda por parte del acreedor. El Center for Responsible Lending, CRL, apuntaba el año pasado que el 70% de los votantes están preocupados porque quienes tratan de cobrar puedan mandar cartas, textos o hacer llamadas hasta activar este derecho.
- Muchas personas no conocen esta situación porque como dice Lisa Stifler, directora de política estatal del CRL, “es una cuestión legal”. Y esta queda oscurecida por el deseo natural de pagar las deudas que tiene la mayoría de las personas.
- No todo el mundo sabe si una deuda es vieja y que con ello se ha cerrado la posible acción judicial. El CFPB propone prohibir a quienes tratan de cobrar la deuda que hagan una llamada o manden una comunicación escrita a no ser que informen al acreedor de que su deuda es vieja. De esta manera, los consumidores entienden que no pueden ser demandados si no pagan. Es su elección o su posibilidad pero deben estar informados para tomar esta decisión.
- No hay acuerdo aún en el lenguaje de esta comunicación y Stifler cree que hay propuestas que no son suficientes, no son claras o inducen al engaño como por ejemplo adjuntar en una carta un cupón de pago que de la sensación de obligatoriedad del pago. “Hay un desafío mayor en el caso de los acreedores que tienen problemas con el idioma”.
- Ahora esa cuestión sigue retrasándose por lo que conviene estar informado de antemano y hacer todas las preguntas que sean pertinentes a quienes traten de cobrar una deuda.
- Aunque los acreedores no puedan ser demandados, las deudas si se reflejan en los informes crediticio y perjudican la calificación del deudor durante siete años desde que es debida.