Otra derrota para Trump en los tribunales: la ley de inmigración no es un “show de una sola persona”

El noveno circuito es el segundo tribunal de apelaciones en dos semanas que falla contra la orden ejecutiva que estableció veda de viajeros de ciertos países musulmanes y los cambios a sistema de refugiados

 El tribunal de apelaciones del Noveno Circuito falló este lunes en contra de la segunda veda de viajes y suspensión temporal del programa de refugiados realizados por el gobierno de Donald Trump, concluyendo que el presidente excedió su autoridad bajo la Ley de Inmigración y que su orden implica una injustificable discriminación por nacionalidad.

El Noveno Circuito, un tribunal de apelaciones que incluye a nueve estados del oeste del país, también halló que Trump no siguió los procesos establecidos por el Congreso para reducir la cantidad anual de refugiados en mitad del año fiscal.

Trump, señala la decisión, no puede simplemente decidir cómo quiere que se acepten refugiados al país ni puede discriminar contra personas de todo un país –seis países en este caso- sin seguir la ley y procesos legales, y sin comprobar que hay razones de peso para hacerlo.

“La ley de inmigración, aún para el presidente, no es un show de una sola persona”, reza la decisión. “La autoridad del presidente está sujeta a ciertos límites legales y constitucionales. Nuestra conclusión es que al emitir esta orden, el presidente excedió la autoridad delegada a él por el Congreso”.

Curiosamente, la decisión cita los “tweets” del presidente respecto a su intención de considerar que ciertos “países” son peligrosos, algo que la ley prohíbe expresamente. También cita al jefe de prensa de la Casa Blanca Sean Spicer afirmando que los “tweets” del Presidente son una voz oficial de su oficina.

Este es el tweet en cuestión

Esta es la segunda corte de apelaciones que falla contra la segunda veda de Trump a viajeros de ciertos países musulmanes, ya que hay dos grandes casos pendientes contra la misma: éste, originalmente presentado por el estado de Hawái  y otro, más estrecho en su alcance, presentado en un tribunal del este del país.

La primera veda fue retirada por el gobierno luego de sufrir varios reveses en las cortes.

En ese fallo de la pasada semana, el tribunal de apelaciones del Cuarto Circuito se negó a eliminar la orden que prohibió al gobierno de Trump implementar la parte de la veda que suspende por 90 días la entrada de cualquier visitante o migrante de seis países escogidos por la Casa Blanca: Irán, Libia, Somalia, Sudán, Siria y Yemen.  En la primera veda, que también bloquearon las cortes, Trump había incluido a Iraq.

Tras ese fallo, el gobierno de Trump anunció que apelaría a la Corte  Suprema, el tribunal máximo de la nación.

El fallo de este lunes, sin embargo, es mucho más amplio que el del Cuarto Circuito, ya que no solo se refiere a la veda contra los nacionales de los seis países mencionados -alegando que la ley prohíbe la discriminación por nacionalidad- sino incluye además otra porción significativa de la orden de Trump respecto al sistema estadounidense de refugiados.

En el caso de la veda a 180 millones de personas de los seis países durante 90 días, los jueces indican que el gobierno no ha hecho ningún esfuerzo por comprobar que la nacionalidad determina la probabilidad de cometer actos terroristas o ser un riesgo a la seguridad.

“La orden no ofrece suficiente justificación para suspender la entrada de más de 180 millones de personas sobre la base de nacionalidad. El invocar “seguridad nacional”  no es una conjuro mágico que, una vez declarado, puede apoyar cualquier uso del poder ejecutivo”.

En cuanto a la suspensión temporal de la entrada de refugiados y la reducción del límite numérico de 110,000 establecido por el ex presidente Obama para el presente año fiscal a los 50,000 que Trump quería establecer, la corte dijo que el presidente tampoco ha comprobado el razonamiento ni seguido el proceso usual para establecer estos niveles.

“La segunda orden no da explicación alguna sobre el por qué el 50,001 hasta el 110,000 refugiado podrían ser riesgosos para la seguridad nacional ni ofrece una amenaza específica”, reza al fallo.

La corte también declinó “abdicar su responsabilidad judicial” de establecer si una orden presidencial cumple las leyes. Como ocurrió con la primera orden, el ejecutivo argumenta que las cortes tienen que aceptar las órdenes ejecutivas del presidente tan solo por serlo.

Organizaciones legales y de derechos civiles reaccionaron positivamente ante la decisión del Noveno Circuito.

Ali Noorani, del Nacional Immigration Forum, dijo que “está claro que los tribunales han visto la intención discriminatoria de las órdenes y no están dispuestos a pasarla por alto”.

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