Operador del Chapo Guzmán es condenado a 22 años de prisión en Detroit

Durante unos quince años operó cargamentos de droga hacia Estados Unidos mediante narcotúneles

El Chapo Giuzmán

El Chapo Giuzmán Crédito: Agencia Reforma

Marco Antonio Paredes Machado, operador del narcotraficante Joaquínel ChapoGuzmán exlíder del cártel Cártel de Sinaloa (CDS), quien fue extraditado desde México en 2015 fue condenado a 22 años de cárcel por una jueza federal de Detroit.

Victoria Roberts de la Corte para el Distrito Este de Michigan, notificó el 7 de febrero la condena contra Paredes, quien durante unos quince años operó cargamentos de droga hacia Estados Unidos mediante narcotúneles desde Agua Prieta, Sonora, y también desde Los Cabos, Baja California Sur.

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Paredes, de 55 años de edad, se había declarado culpable en octubre pasado. Originalmente fue detenido cuando salía de un hospital en Huixquilucan, Estado de México, en enero de 2011, por lo que ya lleva nueve años cumplidos de su condena.

El Departamento de Justicia estadounidense había acusado a Paredes y a otras 25 personas desde 2005, cuando trabajaba para el grupo de Benjamín Jaramillo Félix, a su vez afiliado al cártel que encabezaba Joaquínel Chapo” Guzmán.

Según la DEA, además de narcotúneles en la frontera, Paredes enviaba a Estados Unidos cargamentos de cocaína y mariguana que inicialmente llegaban a Los Cabos, coordinando a un equipo de entre 20 y 30 hombres.

Paredes dejó de litigar contra su extradición en septiembre de 2015, convencido de que Estados Unidos reconocería su alegato de que había sido confundido con otra persona.

El próximo miércoles, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia revisará un recurso de Paredes Machado, que reclama la inconstitucionalidad de un artículo del Tratado de Extradición México-Estados Unidos.

Dicho artículo genera confusión sobre la posibilidad de que una persona sea juzgada en el país requirente por delitos adicionales a los que fueron autorizados por el país requerido al obsequiar la extradición, siempre y cuando éste último así lo autorice.

La Ministra Norma Piña propuso a sus colegas establecer que esto no es posible, y que la ampliación de delitos con autorización del país requerido, sólo procede cuando el país requirente, a su vez, enviara al acusado a un tercer país.

“El principio de especialidad no sólo resguarda los derechos y garantías de la persona extraditada, sino que también vela por la protección de la soberanía del Estado que extraditó a un individuo requerido por determinados hechos, ya que la decisión de concederla se efectúa únicamente en base a los hechos descritos en la solicitud de extradición remitida en un principio”, explica el proyecto.

En el caso de Paredes, México lo extraditó por la acusación de Detroit, pero Estados Unidos acumuló a ésta otra generada en la Corte para el Distrito de Columbia, que fue presentada originalmente en 2012, pero se mantuvo bajo sello hasta 2017.

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