7 cosas que inmigrantes deben saber para no perder dinero por impuestos

Recuerde que la fecha límite es el 15 de abril

Consulte a un contador para el pago de sus impuestos.

Consulte a un contador para el pago de sus impuestos. Crédito: irs.gov

Todo Residente Legal Permanente o portador de “green card” debe pagar impuestos en los Estados Unidos, ya que podría enfrentar problemas legales y hasta migratorios si no lo hace.

Hay personas que, debido a sus ingresos, no necesitan pagar impuestos, pero también deben reportar su situación a la Oficina de Recaudación de Impuestos (IRS), la cual emitiría un documento que certifique que esos inmigrantes fueron exentos del cobro de impuestos.

Para cualquier duda extra a la expuesta en el siguiente listado consulte a su contador o ingrese a irs.gov.

Esa dependencia del Gobierno federal indica:

1. Ingreso tributable.- El ingreso de un extranjero residente en los Estados Unidos generalmente está sujeto a impuestos de la misma manera que un ciudadano. Los inmigrantes deben declarar todos los intereses, dividendos, salarios u otras compensaciones por los servicios, los ingresos provenientes de propiedades de alquiler o regalías, y otros tipos de ingresos en su declaración de impuestos. Debe informar estos montos, ya sea que se ganen dentro o fuera del país.

2. Impuesto.- Su ingreso mundial está sujeto al impuesto de los EEUU y debe informarse en su declaración. Será un contador el que calcule el pago que deben realizar de acuerdo al tipo y nivel de ingresos.

3. Estado civil.- Los extranjeros residentes pueden reclamar las mismas deducciones permitidas a los ciudadanos de los EEUU, para lo cual debe consultar con su contador sobre esos beneficios.

4. Reclamando de exenciones.- Estos inmigrantes pueden reclamar exenciones personales y para dependientes de acuerdo con las reglas de dependencia para cualquier ciudadano de los EEUU, por ejemplo reclamar una exención para su cónyuge en una declaración separada ​​si su pareja no tenía ingresos brutos como para contribuir al erario con impuestos. Incluso se puede reclamar este beneficio si el cónyuge no vive en los EEUU, pero debe ser residente. Consulte con su contador sobre estos beneficios. IMPORTANTE: EL cónyuge y cada dependiente deben tener un Número de Seguro Social o un Número de Identificación de Contribuyente Individual para poder ser reclamados como una exención o un dependiente.

5. Deducciones.- Los portadores de “green card” pueden reclamar las mismas deducciones detalladas que los ciudadanos estadounidenses utilizando el Anexo A del Formulario 1040. Estos beneficios incluyen ciertos gastos médicos y dentales, impuestos estatales y locales, impuestos sobre bienes inmuebles, intereses que pagó en una hipoteca de vivienda, contribuciones de caridad, pérdidas por hechos fortuitos y robos, y deducciones varias.

6. Créditos fiscales.- Pueden reclamar créditos fiscales e informar los pagos de impuestos, incluida la retención, utilizando las mismas reglas que se aplican a los ciudadanos estadounidenses. Algunos de estos créditos son aquellos por cuidado de menores y dependientes, para ancianos y discapacitados, tributario por hijos, por educación, crédito fiscal extranjero, por ingreso del trabajo y por adopción.

7. Formularios y fecha límite.- Como cualquier ciudadano estadounidense, los inmigrantes portadores de “green card” deben presentar el Formulario 1040EZ, Declaración del impuesto sobre la renta para solicitantes solteros y conjuntos sin dependientes; el Formulario 1040A, la Declaración del impuesto sobre la renta individual o el Formulario 1040, la Declaración del impuesto sobre el ingreso individual de los EEUU. La fecha de vencimiento para presentar la declaración y pagar cualquier impuesto adeudado es el 15 de abril de 2019. Es posible solicitar una extensión atuomática a aplicar el 15 de junio.

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